Condiciones generales de alquiler
Las presentes CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS (en adelante “Condiciones Generales”), regularán la relación contractual entre LOGICAR RENT (en adelante “Arrendador”) y el cliente pagador (en adelante “Arrendatario”), en virtud de las cuales el primero cede al segundo el uso y disfrute de un vehículo por el plazo, precio y demás condiciones que se estipulen por las partes en el contrato de alquiler, el cual se realizará y firmará en las instalaciones del Arrendador sitas en Coria del Río (Pol.Ind. La Estrella C/Herrero 11) o en Sevilla – Santa Justa (Avda. Kansas City 32, Edificio Aniversario).
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I. OBJETO DEL CONTRATO DE ALQUILER ENTRE LOGICAR RENT Y EL ARRENDATARIO
Se trata del arrendamiento sin conductor del vehículo descrito en las condiciones particulares del contrato para el transporte privado de pasajeros y su equipaje, cumpliendo todas las Condiciones Generales establecidas en este documento.
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II. A CONOCER POR EL ARRENDATARIO ANTES Y DURANTE EL ALQUILER DE UN VEHÍCULO CON LOGICAR RENT
Puede alquilar un vehículo cualquier persona física o jurídica que sea legalmente capaz y que posea todos los documentos y los medios de pagos aceptados por la compañía arrendataria para poder contratar y pagar el alquiler del mismo y los costes asociados a éste.
El alquiler del vehículo se efectúa única y exclusivamente a favor de la persona física que figura en el contrato como arrendatario, aunque venga como intermediario y/o pagador una persona jurídica que autorice a uno o varios de sus trabajadores.
El arrendatario es, en todo caso, responsable jurídico del vehículo alquilado y de ningún modo esto le otorga potestad para que el vehículo sea prestado sin la expresa autorización escrita de LOGICAR RENT.
Solo están autorizados a conducir personas mayores de 25 años y con, como mínimo, 2 años de antigüedad en el permiso de conducir.
El conductor autorizado del vehículo arrendado podrá ser cualquier persona física que aporte un permiso de conducción y un documento de identificación válido para conducir un vehículo en España.
- Permiso de conducir de los países de la Unión Europea en vigor con más de 2 años de antigüedad, escrito en caracteres latinos.
- Si el permiso de conducir está expedido en algún de país fuera de la Unión Europea y/o en caracteres no latinos (griego, árabe, japonés, chino…) senecesitará tanto como el Permiso de Conducir del país original como el Permiso de Conducir Internacional.
- Documento Nacional de Identidad y Pasaporte en vigorEn casos no recogidos en estos supuestos, el cliente deberá consultar con la agencia arrendadora, la cual se reserva el derecho de efectuar o no el alquiler del vehículo.
No están autorizados a conducir el vehículo de alquiler, aquellas personas que no estén expresamente mencionadas/identificadas en el contrato de alquiler, así como aquellas personas que no proporcionen documentos de identificación válidos o no cumplan los requisitos tal y como se indica en la presente sección.Si permite que una persona no autorizada conduzca el vehículo, ello se considerará un incumplimiento de los Términos y Condiciones. En este caso, el conductor no autorizado no estará cubierto por ningún seguro o productos de protección ofrecidos por LOGICAR RENT, a excepción del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil del Automóvil que será aplicable en todo caso.
Queda expresamente prohibido al arrendatario ceder, hipotecar, vender, ofrecer en garantía, empeñar el vehículo, las llaves, la documentación o el equipamiento.
- III. MEDIOS DE PAGO ESTABLECIDOS POR LA EMPRESA ARRENDADORA
Son ACEPTADOS para el pago del alquiler: tarjetas de crédito Visa, MasterCard.
NO ACEPTADOS para el depósito de garantía: dinero en efectivo (EUROS), tarjetas prepago, tarjetas de débito, así como American Express, Diners Club, Electron, Maestro, Indigo, Kyriel, Cyrus y otros métodos de pago que no se encuentren en el apartado arriba indicado como métodos de pago aceptados.
Es requisito indispensable la utilización de una tarjeta aceptada nominativa y a nombre del arrendatario.
- IV. COMPROMISOS DE PAGO POR PARTE DEL ARRENDATARIO
El arrendatario se compromete a pagar al arrendador:
A. El precio del alquiler que será el que, según el vehículo y las tarifas vigentes, corresponda en cada momento.
B. Una fianza depositada de entre 150€ y 600€ que será reembolsada al finalizar el contrato de alquiler siempre que el vehículo sea devuelto en las mismas condiciones y con los mismos accesorios con los que se entregó.
C. Los gastos en los que incurra el arrendador en concepto de reclamación de cantidades adeudadas en virtud del presente contrato.
D. El importe de todas las multas, gastos judiciales y/o extrajudiciales que puedan ocasionarse derivados de infracciones a la Ley de Seguridad Vial, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o el arrendador, durante el periodo de vigencia del contrato, a no ser que se hubiera originado por culpa del arrendador
E. El coste de reparaciones de daños ocasionados por el arrendatario.
F. Los perjuicios ocurridos en caso de robo o hurto del vehículo o su contenido durante el periodo de alquiler.
G. Las faltas o sustituciones por rotura de ruedas, neumáticos, bajos del vehículo, extras del interior, capota, caja de cambio por negligencias, llaves, kit se seguridad, asientos, faros, salpicadero, piezas y otros conceptos que no están cubiertos por ninguna seguro, siendo el arrendatario responsable de su buen uso.
H. El depósito de combustible; que se devolverá al mismo nivel con el que fue entregado y expresado en el contrato de alquiler. Si el vehículo se repostase por parte del arrendatario con un tipo de combustible erróneo, éste será responsable de los gastos ocasionados por el traslado del vehículo a la base de LOGICAR RENT y de la reparación de los daños causados al mismo, así como el pago de una carga completa del combustible real que usa el vehículo.
I. La penalización correspondiente a la no realización, en caso de accidente, del parte de declaración amistosa o parte de siniestro y por los gastos no sufragados por el seguro, por no haberse cumplido con la cumplimentación del parte amistoso.
J. Los gastos en los que incurra el arrendador por el no cumplimiento de la responsabilidad del arrendatario de la presentación de una denuncia ante la autoridad competente en caso de robo o sustracción total o parcial del vehículo; siendo responsable el arrendador en caso contrario de los gastos ocurrentes sobre la búsqueda, reparación, compra de piezas y otros por el valor de lo sustraído.
K. La limpieza del vehículo no incluida en el contrato de alquiler básico, pudiendo contratarla aparte. Los vehículos se entregan limpios y deben ser devueltos en las mismas condiciones de limpieza tanto interior como exterior. En caso contrario, le será cargado de la fianza un importe de entre 20€ – 100€ dependiendo de la valoración de la suciedad por parte de la empresa, en concepto de servicio de limpieza.
L. Los cargos por pérdida o sustracción de las llaves.
M. El cargo administrativo por la gestión de daños a la devolución del vehículo.
N. El coste de la inmovilización del vehículo en caso que el arrendador devuelva el vehículo en pésimas condiciones y necesite mantenimiento y/o reparaciones más allá del tiempo estipulado por la empresa por regla general.
O. El pago del combustible utilizado y no repostado durante el alquiler más un servicio de repostaje de 20€.
P. Coste de kilometraje extra al permitido por día y alquiler; a razón de entre 0,18 – 0,32 céntimos de euros cada kilómetro extra según categoría del vehículo.
Q. Si el vehículo recibe una multa o sanción durante el periodo de validez del contrato de arrendamiento, el Arrendatario será responsable del importe de dicha sanción o multa y además se realizará un cargo de 35€ en concepto de gestión. El arrendatario autoriza al cargo de dichos importes en su tarjeta de crédito.
- V. PERIODOS DE ALQUILER MÍNIMOS Y MÁXIMOS ESTABLECIDOS POR LOGICAR RENT
El periodo mínimo de alquiler será de 1 día (24 horas) y el máximo de 30 días. Los días de alquiler computarán por periodos de 24 horas a contar desde la hora exacta en que al arrendatario se le haya entregado el vehículo alquilado y hasta la devolución del vehículo, sus llaves y su documentación al arrendador, otorgando LOGICAR RENT un periodo de cortesía de 30 minutos contados desde la fecha y hora de salida del vehículo.
En el caso de que el arrendatario no cumpla con el periodo anterior, facultará al arrendador a cobrar el importe de alquiler de un día completo según la tarifa general vigente en el momento de realizar la entrega del mismo.
Efectuar la entrega con anterioridad a la finalización del periodo de alquiler no da derecho al arrendatario a que se le devuelva o deduzca importe alguno sobre el precio suscrito en el contrato, puesto que se considera una resolución unilateral del contrato por parte del arrendatario, renunciando a cualquier derecho establecido en la relación contractual.
Si el arrendatario incumple cualquiera de los puntos establecidos en las condiciones generales o particulares fijadas en el contrato, el arrendador se reserva el derecho a retirar el vehículo al arrendatario en cualquier momento, pudiendo el arrendador solicitarle daños y perjuicios.
Por motivos operacionales, el arrendador se reserva el derecho a sustituir el vehículo en cualquier momento por otro de similares características informando previamente al arrendatario. No existe la posibilidad de one-way del vehículo. Tanto la salida como a la entrada, deberá realizase en la misma oficina, conllevando, en caso contrario, cargos desde 100€ a 200€ según categoría y distancia de devolución del vehículo respecto a la oficina de salida.
- VI. PRÓRROGAS DEL ALQUILER EN CASO DE SOLICITUD Y / O NECESIDAD DEL ARRENDATARIO
En caso de que se desee ampliar el periodo de alquiler, se debe seguir lo siguiente:
- Para ampliaciones inferiores a 24 horas: llame a la oficina de salida o diríjase a ella para obtener consentimiento de LOGICAR RENT y expresar el pago del mismo con un método aceptado.
- Para ampliaciones superiores a 24 horas e inferiores en su totalidad a 30 días: deberá personarse obligatoriamente en la oficina más cercana a su ubicación, para realizar una comprobación del vehículo junto con un agente, pagar el alquiler en su totalidad así como los extras derivados y firmar un nuevo contrato de alquiler y/o un anexo al inicial.El arrendador se reserva el derecho de denegar la solicitud de prórrogas por motivos operacionales.
El uso del vehículo una vez finalizado el periodo de alquiler o su prórroga se entenderá como uso no permitido a los efectos del presente contrato, procediéndose durante las 48 horas siguientes a su finalización, a la presentación de una denuncia por apropiación indebida ante la autoridad competente.
VII. UTILIZACIÓN, MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y ASISTENCIA DEL VEHÍCULO
El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado; así mismo se compromete a no utilizar el vehículo y/o no dejar que el mismo sea utilizado en los siguientes supuestos:
- Transportar materiales inflamables, radioactivos, nocivos o de cualquier otro modo peligrosos.
- Transportar mercancías en peso, cantidad y/o volumen superior al autorizado en el Permiso de Circulación y/o Ficha Técnica del Vehículo.
- Transporte de pasajeros en número superior al autorizado en el Permiso de Circulación y/o Ficha Técnica del Vehículo.
- Transporte de animales vivos.
- Transporte con o sin contraprestación lucrativa.
- Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
- Utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos.
- Participar en carreras legales o ilegales, así como en otras pruebas deportivas de cualquier tipo como pruebas de resistencia de materiales/objetos.
- Viajar más allá de las fronteras nacionales sin previo consentimiento expreso y por escrito por parte del arrendador.
- Traslados en barcos, aviones, trenes, camiones y otros medios de transporte que impliquen la salida del territorio peninsular español. No permitidos losdesplazamientos a Ceuta, Melilla, Islas Baleares e Islas Canarias.
- Transitar fuera de la red vial nacional o cualquier terreno no pavimentado, quedando expresamente excluidos de las coberturas del seguro los daños en losbajos del vehículo así como los componentes del mismo que se estropeen o dañen debido a esta mala conducción.
- La utilización del vehículo en el interior de recintos privados como puertos, aeropuertos, aeródromos, bases militares y/o análogos o similares de carácter noaccesible al tráfico público, salvo autorización expresa y por escrito del arrendador.
- Reparar el vehículo en talleres que no pertenezcan a la res oficial del Grupo LOGIN FLOT S.L.
- Está prohibido la instalación de baca encima del vehículo para el transporte de objetos/mobiliario/equipaje.
Determinados supuestos como los que se enumeran a continuación, están bajo la responsabilidad del arrendatario del cumplimiento estricto del mismo, haciendo buen uso del vehículo durante el período de alquiler, llevando consigo en caso contrario penalizaciones a cargo del cliente según el perjuicio que ocasione por daños o desperfectos al vehículo. El arrendatario, en el momento de firmar el contrato, adquirirá compromiso de:
- No dejar el vehículo inadecuadamente estacionado y/o parado y sin custodia cuando no esté siendo utilizado.
- Mantener el vehículo cerrado cuando no se utilice y conservar en el interior los documentos del mismo.
- Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del mismo, debiendo contactar con elarrendador o con la compañía de asistencia en carretera concertada por el arrendador y comunicada al arrendatario al inicio del contrato de alquiler.
- Comprobar periódicamente, y reponer si fuera preciso, los niveles de líquidos de motor cada 1.000 kilómetros recorridos, deduciéndose el importe pagadopor ello del precio final del alquiler siempre que el arrendatario presente la factura original.
- No dejar objetos a la vista en el vehículo que pudiesen ser susceptibles de hurto y como consecuencia, la rotura de los cristales por una tercera persona.
- La conducción correcta del vehículo conforme a las normas de tráfico.
- Es, en cualquier caso, responsabilidad del cliente llevar asiento de bebe o alzador según las necesidades y normativa vigente, si viaja con menores de 12años de edad o toda persona con una estatura inferior a 135 centímetros.
- No fumar en el interior del vehículo.
- No arrendar, prestar, ceder, hipotecar, vender, o dar en garantía: el vehículo, el contrato der alquiler, las llaves, la documentación, el equipamiento, lasherramientas y/o los accesorios o piezas componentes del vehículo; o tratar lo anterior de manera que cause perjuicios al arrendador.
Referido al servicio de asistencia en carretera: si el vehículo quedase inmovilizado por avería mecánica, el arrendatario deberá contactar con el arrendador o con la compañía aseguradora y de asistencia en carretera concertada por el arrendador y sólo en ésta, para que éste disponga lo conveniente. No se abonará ninguna reparación sin previa autorización del arrendador. Sólo se aceptarán cargos por cuenta ajena a dicha compañía aseguradora en los casos de urgencia y cuando el arrendador los hubiera autorizado expresamente y previa presentación de la factura detallada de la reparación efectuada.
- VIII. SINIESTROS / ACCIDENTES / PERCANCES OCURRIDOS DURANTE EL ALQUILER
El arrendatario se compromete a informar inmediatamente de cualquier accidente al arrendador y prestar completa colaboración tanto con el arrendador como con la compañía de seguros en defensa de cualquier reclamación y proceso.
El arrendatario en el momento del accidente tomará las siguientes medidas:
- No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho salvo la de declaración amistosa de accidente.
- Obtener datos completos de la otra parte, realizar declaración amistosa de accidente o parte de siniestro, testigos que junto con los detalles del accidente(forma, lugar, hora…) remitirá urgente al arrendador, avisando telefónicamente el caso del accidente.
- Notificar inmediatamente a las autoridades competentes.
- No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo.En caso de incumplimiento por parte del arrendatario de cualquiera de estas medidas obligatorias, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por la negligencia de éste. Además, en caso de accidente con culpa del arrendador, serán por cuenta de éste la grúa y desplazamientos, y en caso de desear otro vehículo sustitutivo, deberá formalizar una nueva reserva/contrato a precio de tarifa general vigente sin que sea de abono (tanto por devolución como por compensación) de días no disfrutados, combustible o extras.En cualquier caso, el cliente deberá remitir por escrito a LOGIN FLOT S.L. En un plazo no superior a 48 horas un informe detallado del siniestro en el que deberán constar como mínimo: datos personales completos del arrendatario y de los demás conductores involucrados, testigos, matrículas involucradas, compañías aseguradoras de todos los vehículos así como sus pólizas correspondientes, explicación de las circunstancias del accidente con lugar, fecha y hora exactos.
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IX. Información básica sobre Protección de datos.
Responsable: LOGIN-FLOT S.L.; Finalidad: Prestar los servicios solicitados, enviar comunicaciones comerciales y recabar el consentimiento del cliente; Legitimación: Ejecución de un contrato, interés legítimo del Responsable, consentimiento del interesado, consentimiento del interesado; Destinatarios: Están previstas cesiones de datos a: Administración Tributaria, Empresas colaboradoras del Responsable propietaria del vehículo alquilado, Encargados de tratamiento del responsable de los sistemas de geolocalización, Entidades financieras, Plataforma Comercial de Retail SAU; Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, indicados en la información adicional, que puede ejercer mediante solicitud dirigida al e-mail: administracion@logicarrent.com; Procedencia: El propio interesado; Información adicional: www.logicarrent.com.